Monográfico sobre la corrupción de los Cuadernos Illacrua del Semanario Directa, del 2 de mayo de 2013.
Os ofrecemos el contenido del siguiente artículo monográfico dedicado a la corrupción y publicado por el semanario Directa, dentro del Cuaderno Illacrua número 148, de lo que nos congratulamos.
Sin embargo, las personas que conocen las medidas propuestas por el equipo encabezado por Agustí Chalaux (1911-2006) y en Lluís Maria Xirinacs (1932-2007) dentro del Centro de Estudios Joan Bardina, se darán cuenta fácilmente que, sin el establecimiento de un sistema monetario que fomente la transparencia y sin la adopción de medidas que erradiquen la miseria, -estableciendo así un verdadero sistema y finalizando con los antisistemas vigentes desde hace unos 4300 años-, la corrupción sólo podrá ser mal contenida un tiempo en aquellos lugares del mundo donde una etapa de prosperidad ayude a ser más honestas las personas, como actualmente en los estados nórdicos escandinavos, a la espera de que un ciclo posterior de miseria impulse de nuevo las personas a prácticas corruptas por el hecho de querer vivir por encima de las posibilidades de sus respectivos oficios.
Parafraseando el refrán castellano, podemos afirmar que «cuando la miseria entra por la puerta, la honestidad sale por la ventana».
Aún así, la relativamente más próspera y honesta Suecia vivió, el 28 de febrero del año 1986, el asesinato de su primer ministro Olof Palme, sin que sus verdaderos ejecutores, pagados probablemente con dinero anónimo, nunca hayan rendido cuentas ante la justicia, demostrando una vez más la eficacia del dinero anónimo para eludir cualquier medida en favor de la transparencia y la honestidad.
El mismo Agustí Chalaux, bien informado como estaba, ya afirmó en su momento la hipótesis de que Olof Palme podía haber sido castigado por haber denunciado un escándalo que involucraba al tráfico de armamento. Esto provocó desués que, según el propio Agustí, se tomasen medidas, vía cobro de comisiones en dinero anónimo por este tráfico, para evitar así cualquier nuevo escándalo noticiable de esta industria.
Tot ello evidencia, una vez más, el vínculo entre el dinero anónimo y los imperialismos, con sus armamentismos cada vez más rápidamente obsoletos, nacidos simultáneamente hace unos 4300 años en la antigua Mesopotamia.
Directa. Semanario de comunicación. Número 315. 2 de mayo de 2013.
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Cuadernos de Illacrua, 148. A fondo. Nuevos estándares éticos en el seno de las instituciones.
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Medidas contra la inmunidad de las corruptas.
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Trece años después de la entrada en vigor del convenio contra el soborno de funcionarios extranjeros, la OCDE alerta de que, en España, sólo se han llevado a cabo siete investigaciones y ninguna ha desembocado en una acusación formal. Datos como éste han situado la corrupción y el fraude como segunda preocupación de la ciudadanía española, según la encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). La crisis económica y la inexistencia de mecanismos de control han puesto la alarma a la sociedad sobre la necesidad de establecer un sistema de gobierno más íntegro. El fenómeno de la corrupción, sin embargo, no se erradicará solo: requiere una reflexión profunda y el establecimiento de medidas que nuestros gobiernos están esquivando.
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Cristina Díaz Parareda.
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Los dos efectos principales de la corrupción son el incremento de la desconfianza y los costes económicos. Los casos de corrupción política que han sido de actualidad estos últimos meses, como el caso Palau, el caso Urdangarin, el caso de la Sanidad pública o el caso de las ITV, han generado costes para la sociedad, que no ha recuperado los dinero robado, pero sí ha tenido que aportar recursos para investigar, procesar, juzgar y condenar a los responsables. Además, estas tramas corruptas han acelerado la desconfianza hacia los partidos políticos y las instituciones, que con la crisis económica ya se encontraban en el punto de mira.
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Aunque, en general, todas somos capaces de reconocer un acto corrupto cuando lo vemos, el abuso de poder en beneficio privado toma formas muy diversas y puede tener lugar en canales muy heterogéneos. La corrupción se puede producir, por ejemplo, en el ámbito de la administración y de las instituciones públicas, así como en el ámbito privado. De hecho, los actos corruptos en estos dos sectores se retroalimentan. En algunos casos, el clientelismo y la connivencia entre la sociedad civil y los medios de comunicación pueden generar complicidades con la corrupción. Otra manifestación de la corrupción, últimamente más popularizada que nunca, es la que está vinculada a las altas esferas de la decisión política, la llamada corrupción política. Pero no podemos dejar de lado la corrupción que tiene lugar a pequeña escala. Este espacio donde el funcionariado público interactúa con las ciudadanas y donde también se dan situaciones de abuso de poder a la hora de aplicar y de explicar las leyes y las normativas a las que está sujeta la población. En síntesis, podemos decir que la corrupción no es un fenómeno estanco ni rígido, sino que se puede encontrar en muchos ámbitos y espacios de interacción de nuestra sociedad.
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¿Hay condiciones que pueden favorecer la corrupción? Evidentemente. Y los últimos años, Cataluña ha estado expuesta de forma continuada. Las condiciones que facilitan la aparición están vinculadas a las posibilidades de enriquecimiento rápido, los procesos de rendición de cuentas débiles o persecución débil de los delitos. No es muy difícil relacionar estos condicionantes con la situación que ha vivido nuestro país los últimos años. Por ejemplo, un crecimiento urbanístico en manos de unos gobiernos -estatal, nacional y local- muy clientelares y un sistema de justicia que no ha respondido con la contundencia y agilidad ante los casos de corrupción que iban apareciendo.
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Luchar previniendo.
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Las propuestas y las medidas para luchar contra la corrupción no sólo deben ir encaminadas a endurecer las penas de prisión para las personas que cometen actos corruptos. La corrupción abarca muchos ámbitos de nuestra sociedad y, por tanto, hay que reducir los espacios donde puede tener lugar. Además, en el caso de que se produzca, hay que hacer lo posible para detectarla y erradicarla con rapidez.
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Para luchar, en primer lugar, debemos prevenir. El sistema educativo debería empezar a educar al alumnado sobre los valores de la integridad y la honestidad y, por tanto, debería denunciar la corrupción y no incentivarla. En Brasil, por ejemplo, desde el año 2004, se conciencia a la sociedad, especialmente la infancia y la juventud, sobre los valores de la honestidad y la transparencia. La sensibilización por parte del conjunto de la sociedad de que en un acto de corrupción perdemos todas también está reforzada por las campañas que impulsan las organizaciones civiles. Transparencia Internacional España o Transparents (Transparentes), por ejemplo, dan charlas sobre la necesidad de introducir mecanismos integrales de lucha contra la corrupción.
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En el ámbito de la administración pública, la prevención de este fenómeno pasa por el estudio y análisis de los focos de la corrupción. De manera general, podemos decir que la corrupción se da en el ámbito de la administración local en el momento de hacer concesiones de contratos, recalificaciones de terrenos o convocatorias de puestos de trabajo. O bien, también, en el ciclo de aprobación de leyes y presupuestos. En este sentido, la inexistencia -tanto en Cataluña como en España- de una normativa sobre la actuación de los grupos de intereses es un problema grave. En la unión Europea, por ejemplo, existe un registro de grupos de intereses y ningún lobby puede actuar sin estar registrado. Ahora bien, este registro no es perfecto y diferentes miembros de la sociedad civil ya apuntan la necesidad de mejorar la regulación. Otras medidas que propone la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción para mejorar la integridad del sector público son las declaraciones de bienes y conflictos de intereses, la adopción de códigos de conducta y, evidentemente, la sensibilización y la formación en materia de lucha contra la corrupción.
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Garantizar la transparencia.
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Otro elemento preventivo y disuasorio de la corrupción es la promoción de la transparencia. Según un informe elaborado por la Oficina Antifraude de Cataluña, la transparencia posibilita una mayor participación en los asuntos públicos, reafirma la confianza de la ciudadanía en las instituciones y aumenta las oportunidades de controlar y rendir cuentas a que deben estar sometidos los poderes públicos. El Estado español es signatario de varias iniciativas internacionales en materia de promoción de la transparencia, como la Declaración sobre Gobierno Abierto (Open Government Partnership) o la Iniciativa Internacional para promover la Transparencia en la Ayuda Oficial al Desarrollo (conocida como IAITI). Aún así, el Estado todavía no dispone de ninguna normativa relacionada con la transparencia- acceso a la información y buen gobierno que los últimos meses se ha estado discutiendo en el Congreso- han sido muy cuestionados por las organizaciones de la sociedad civil y por especialistas en la materia.
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El poco interés de las instituciones (y de los partidos políticos) para promover la transparencia y luchar contra la corrupción enfatiza la importancia que tiene la sociedad civil a la hora de hacer presión y hacer aflorar estos espacios oscuros que dan pie a la corrupción. Por ejemplo, la necesidad de que el proceso de discusión y aprobación de presupuestos sea transparente es la reivindicación principal de la iniciativa Open Budget Partnership. Por su parte, la ONG Transparencia Internacional ha desarrollado una metodología llamada Sistemas Nacionales de Integridad y la filial española de esta organización ha medido la transparencia de los ayuntamientos, las diputaciones y las comunidades autónomas. Otra ONG estadounidense, Global Integrity, cada año, evalúa el grado de integridad de una serie de países. Y no podemos olvidar la reivindicación que hace Publish what you found en materia de transparencia de la ayuda oficial al desarrollo. Cabe recordar que, en el índice de transparencia de la ayuda oficial al desarrollo, España ocupaba la 45ª posición de 72 en 2012.
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Más allá de las demandas vinculadas a los índices y los estudios, también han surgido iniciativas que, aunque no hacer hincapié directo en la cuestión de la transparencia, intentan hacerse eco de las cuestiones públicas que, a menudo, son silenciadas por los medios de comunicación. Los trabajos de la Fundación Civio y las campañas El BOE Nuestro de cada día o ¿Qué Hacen los Diputados? son una pequeña muestra, pero podríamos añadir muchas más.
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La importancia del control.
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El estallido de numerosos casos de corrupción hace patente que el control y la supervisión de la actuación pública es poco efectiva. El entramado jurídico e institucional en el que vivimos es cada vez más complejo y obsoleto. El Tribunal de Cuentas español y la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, responsables de fiscalizar la gestión económica de las cuentas públicas, hacen el trabajo con retraso. Por ejemplo, el Informe del Tribunal de Cuentas sobre la fiscalización de los estados contables de los Partidos políticos y de las Donaciones percibidas por las fundaciones vinculadas orgánicamente, emitido en marzo del 2012, corresponde al ejercicio de 2007. Ante esta situación, habría reformar y mejorar las capacidades de ambos organismos. De la misma manera, podríamos referirnos a la Agencia Española de Evaluación (AEVAL) o al Instituto Catalán de Evaluación de Políticas Públicas (Ivàlua), dos organismos encargados de garantizar unas políticas responsables, eficientes, participativas, abiertas, coherentes -en cuanto la política española- y, efectivas, eficientes y transparentes- con respecto a la política catalana-. Asimismo, la Oficina Antifraude de Cataluña, la única institución que vela por la integridad del sector público en España, debería tener más recursos y una dimensión proporcional al sector público que debe fiscalizar.
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La lucha contra la corrupción también debe estar reforzada jurídicamente, tanto en términos legislativos como judiciales. Esto quiere decir que el Código Penal debería incluir y adaptar la tipología de delitos incluida en el Convenio de las Naciones Unidas, deberían endurecer las penas establecidas en el Código Penal para la gente corrupta y también simplificar los procesos, reducir los plazos e incluir medidas efectivas para recuperar el dinero sustraído. La coordinación entre los organismos responsables de luchar contra la corrupción es imprescindible y, por tanto, la Agencia Tributaria, los cuerpos y las fuerzas de seguridad y las fiscalías anticorrupción deberían tener suficientes recursos para hacer frente a la corrupción. Además, la legislación debería adaptarse a los nuevos tiempos y deberían modificar diversas leyes, como la ley de financiación de los partidos, la ley de régimen local, la ley de contratos públicos, la ley de la administración pública o la ley del régimen electoral.
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No podemos olvidar que España ha asumido compromisos internacionales en la lucha contra la corrupción y que tiene la obligación de adaptar e incluir en la legislación interna las medidas necesarias para cumplirlos. Estos compromisos son, principalmente, la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (UNCAC), la Convención de la Organización Europea de Cooperación y Desarrollo (OCDE) para combatir el soborno de funcionarios públicos en transacciones financieras internacionales y la normativa europea en la materia, marcada principalmente por el Grupo de Estados Europeos contra la Corrupción (GRECO) y por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
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Finalmente, habrá que abordar la responsabilidad del sector privado en este asunto. Ya hemos hablado de los efectos que tiene la corrupción en las arcas públicas, pero el sector privado también puede ver perjudicada su -tan apreciada- competitividad. Por tanto, la adopción de códigos de conducta, la promoción de buenas prácticas y el compromiso para establecer unas reglas justas en los concursos públicos deberían ser medidas promovidas por las principales organizaciones empresariales. De la misma manera, las administraciones públicas deberían penalizar las empresas involucradas en casos de corrupción e introducir medidas contra el fenómeno de las puertas giratorias o del paso del alto funcionariado público a las cúpulas directivas de las empresas y viceversa.
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Hasta aquí, hemos recogido una serie de propuestas para mejorar un sistema que parece secuestrado. La ciudadanía es testigo de cómo los partidos políticos y las instituciones actúan al servicio de los intereses de las élites económicas y políticas, al margen de cualquier pacto social. La introducción de nuevos estándares éticos en el seno de las instituciones debería servir para situaciones como las que vivimos actualmente no se repitieran o, al menos, se puedan detectar, y porque, más allá de los intereses partidistas, las reglas del juego democrático sean claras, estén protegidas y nos alcancen a todas igual.
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Más información:
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Centro Europeo de Investigación contra la corrupción:
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http://www.againstcorruption.eu
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Centro de recursos contra la corrupción:
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Oficina Antifraude de Cataluña:
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Transparencia Internacional:
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Tipificar la corrupción.
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La Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (UNCAC), el principal referente internacional sobre la materia, propone que los Estados signatarios incluyan y tipifiquen como corruptos los siguientes tipos de actos:
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Soborno a funcionarios del sector público y en el sector privado:
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Cualquier promesa, ofrecimiento o concesión de beneficio con el objetivo de que la persona funcionaria o empresaria actúe o se abstenga de actuar en cumplimiento de sus funciones oficiales. De la misma manera, cualquier solicitud o aceptación de beneficio también es considerada delito. Este delito alcanza el territorio de un Estado, pero también puede ser perseguido fuera del territorio en caso de que sea cometido por una funcionaria pública extranjera, un organismo internacional gubernamental o una persona que dirige una entidad privada.
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Malversación, apropiación indebida u otras formas de desviación de bienes:
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Cualquier desviación de bienes, fondos, títulos públicos o privados o cualquier otro elemento de valor que se haya encomendado a una funcionaria en ejercicio de sus funciones puede ser tipificado como malversación, apropiación y desviación indebida.
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Tráfico de influencias:
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El abuso de influencia real o supuesta para obtener un beneficio de una administración o autoridad del Estado en provecho de quien provoca el acto.
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Abuso de funciones:
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Hacer u omitir un acto violando la ley.
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Enriquecimiento ilícito:
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Incremento significativo del patrimonio de una funcionaria pública respecto a los ingresos legítimos que no se puede justificar de manera razonable.
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Encubrimiento y obstrucción a la justicia:
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Encubrimiento intencionado y retención de bienes como producto de cualquier delito. También cuando se utiliza la fuerza física, las amenazas, la intimidación o la promesa de un beneficio a una persona para que presente falso testimonio u obstaculice la prestación de testimonio a la aportación de pruebas.
Participación y tentativa:
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Cualquier tipo de participación en un delito como cómplice, colaboradora o instigadora. También se tipifica como delito la intención de participar en un acto delictivo o la preparación de cara a cometer uno.
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Licencia Creative Commons.
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